El Ministerio de Cultura ha convocado las subvenciones para la edición de libros, correspondientes al año 2024.
Estas subvenciones se han convocado con el objetivo de estimular una herramienta básica como es la lectura, gracias a ella, es posible impulsar el desarrollo personal y social de los ciudadanos a la vez que se enriquece el pensamiento de cada individuo.
Si hablamos de desarrollo de una sociedad, este va intrínsecamente ligado con la cultura de la gente que la compone y en este caso, un elemento imprescindible para lograr ese desarrollo es la lectura.
El presupuesto total destinado a la ayuda dependerá de la cantidad destinada al programa 334B «Ayudas para la edición» en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para el año 2024. El importe se concederá en función de la puntuación obtenida en los criterios de valoración, nunca superando el 50% del coste total de proyecto ni el 100% del coste de producción.
Con estas subvenciones se busca garantizar la edición de aquellas obras con alcance comercial reducido pero con gran valor cultural, asegurando así su llegada a la ciudadanía. La llegada de las nuevas tecnologías está suponiendo un gran reto para muchas editoriales, por ello, ahora más que nunca son necesarias subvenciones de esta índole.
Es por eso que el Ministerio de Cultura ha convocado las subvenciones para la edición de libros, correspondientes al año 2024.
Esta ayuda podrá ser solicitada por las personas jurídicas y físicas que tengan como actividad y objeto social, único o no, la edición de libros. Podrá solicitarse la ayuda para cubrir los costes de producción de aquellos libros que quieran ser publicados en lengua castellana, otras lenguas de las Comunidades Autónomas, lenguas de signos, sistema Braille «Grado 1» o audiolibros.
¿Hasta cuándo se pueden solicitar estas subvenciones?
El plazo de solicitudes se mantendrá abierto desde el 14 de diciembre a las 00:00 hasta el 5 de enero de 2024 a las 14:00, pudiendo presentarse estas exclusivamente a través de la sede electrónica.
Si quieres conocer todos los detalles de la convocatoria, puedes consultarlos aquí:
4 comentarios
Hola,
Leída la convocatoria, no me queda claro si el proyecto subvencionable puede incluir o no el coste de traducción de la obra. Me d ala impresión de que no, pero agradecería si me lo pueden confirmar.
Muchas gracias y saludos,
Henry Odell
Buenas tardes, Henry
La traducción si está recogida, aunque hay que considerar la siguiente excepción;
«Quedan excluidas expresamente de las subvenciones reguladas en esta Orden:
(…)
Aquellos proyectos que consistan o incluyan la traducción entre la lengua
castellana y las demás lenguas oficiales en las distintas Comunidades Autónomas, o
la traducción entre lenguas oficiales distintas del castellano»
Hola,
¿Entiendo que estas subvenciones no son para asociaciones culturales sin ánimo de lucro?
Buenas tardes, Laura
En efecto, las asociaciones sin ánimo de lucro quedan excluidas de la subvención, puede verlo en la página 5 del documento de la convocatoria: «4. Quedan excluidas expresamente de las subvenciones reguladas en esta Orden: b) Las obras editadas o coeditadas por instituciones sin fines de lucro.»
¡Un saludo!